IRTA se ha comprometido a hacer accesible su sitio web de conformidad con el Real decreto 1112/2018, de 7 de septiembre, sobre accesibilidad de los sitios web y aplicaciones para dispositivos móviles del sector público (en adelante, Real decreto 1112/2018, de 7 de septiembre).
La presente declaración de accesibilidad se aplica a www.irta.cat
Los subdominios de este sitio web tendrán sus propias declaraciones de accesibilidad.
Este sitio web es parcialmente conforme con el Real decreto 1112/2018, de 7 de septiembre a causa de las excepciones y la falta de conformidad de los aspectos que se indican a continuación.
El contenido que se recoge a continuación no es accesible por los siguientes motivos:
La presente declaración fue preparada el 18 de septiembre de 2020
El método utilizado para preparar la declaración ha sido una auditoría de accesibilidad llevada a cabo por la empresa Alt120.
Última revisión de la declaración: 18 de septiembre de 2020.
Se pueden realizar comunicaciones sobre requisitos de accesibilidad (artículo 10.2.a del Real Decreto 1112/2018), a través de la siguiente href=»https://ovt.gencat.cat/gsitfc/AppJava/generic/conqxsGeneric.do?topicLevel1.id=500&topicLevel2.id=20523&webFormId=391&set-locale=es_ES» target=»_blank» contacto.
Por ejemplo:
Las comunicaciones serán recibidas y trasladadas por la Dirección General de Atención Ciudadana, del Departamento de la Vicepresidencia, Economía y Hacienda, como Unidad Responsable de Accesibilidad Web en el ámbito autonómico.
Para realizar solicitudes de información accesible y quejas (artículo 12 del Real Decreto 1112/2018) es necesario acceder al trámite Contenidos accesibles en la web y seguir la modalidad href=»https://web.gencat.cat/ca/tramits/tramits-temes/Contenidos-accesibles-al-web?moda=1″>Solicitar información accesible o hacer una queja.
Cualquier persona física o jurídica puede formular quejas relativas al cumplimiento de los requisitos del Real Decreto 1112/2018 y solicitar información relativa a contenidos excluidos del ámbito de aplicación de esta normativa.
Las solicitudes y quejas se registran conforme a los requisitos establecidos por la Ley 39/2015 de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.
El procedimiento de aplicación recogido en el artículo 13 del Real Decreto 1112/2018 puede iniciarse en el trámite Contenidos accesibles en la web a través de la modalidad Reclamar una solicitud.
Si, una vez realizada una solicitud de información accesible o queja, ésta ha sido desestimada, no estás de acuerdo con la decisión adoptada o la respuesta no cumple con los requisitos del artículo 12.5 del RD 1112/2018, puedes iniciar una reclamación por
También puede iniciarse una reclamación en caso de que hayan transcurrido 20 días hábiles sin haber obtenido ninguna respuesta.